Nacionalidad
Nacionalidad española por residencia
Solicitud de nacionalidad tras el periodo de residencia legal que te corresponda.
La nacionalidad por residencia se solicita tras diez años de residencia legal y continuada, plazo que baja a cinco para refugiados, a dos para nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí, y a uno en varios supuestos de vínculo con España. Requiere superar las pruebas CCSE y DELE, salvo exenciones.
Qué incluye
- ✓Verificación del plazo de residencia que te corresponde
- ✓Preparación del expediente y revisión de traducciones y legalizaciones
- ✓Presentación telemática de la solicitud y pago de la tasa
- ✓Seguimiento hasta la resolución y pauta para la jura
Qué vas a necesitar
- •Residencia legal y continuada durante el plazo exigido
- •Pruebas CCSE y DELE A2 superadas, salvo exención
- •Certificado de nacimiento y de antecedentes penales del país de origen
- •Certificado de empadronamiento y tarjeta de residencia en vigor
Revisamos tu caso antes de presentar nada. Si falta algo, te lo decimos y buscamos la alternativa.
Antes de contratar
Cada expediente es distinto. Si al revisar tu caso vemos que este no es el trámite que te corresponde, te lo decimos y te devolvemos el importe íntegro.