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Nacionalidad española por residencia

Solicitud de nacionalidad tras el periodo de residencia legal que te corresponda.

La nacionalidad por residencia se solicita tras diez años de residencia legal y continuada, plazo que baja a cinco para refugiados, a dos para nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí, y a uno en varios supuestos de vínculo con España. Requiere superar las pruebas CCSE y DELE, salvo exenciones.

Qué incluye

  • ✓Verificación del plazo de residencia que te corresponde
  • ✓Preparación del expediente y revisión de traducciones y legalizaciones
  • ✓Presentación telemática de la solicitud y pago de la tasa
  • ✓Seguimiento hasta la resolución y pauta para la jura

Qué vas a necesitar

  • •Residencia legal y continuada durante el plazo exigido
  • •Pruebas CCSE y DELE A2 superadas, salvo exención
  • •Certificado de nacimiento y de antecedentes penales del país de origen
  • •Certificado de empadronamiento y tarjeta de residencia en vigor

Revisamos tu caso antes de presentar nada. Si falta algo, te lo decimos y buscamos la alternativa.

Antes de contratar

Cada expediente es distinto. Si al revisar tu caso vemos que este no es el trámite que te corresponde, te lo decimos y te devolvemos el importe íntegro.

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120,00 €IVA incluido

Plazo estimado: 1–3 meses

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