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Herencias de no residentes

La herencia de bienes en España cuando el fallecido o los herederos viven fuera.

Cuando el fallecido o los herederos no residen en España, la herencia se complica: hay que legalizar documentación extranjera, elegir la Administración competente y respetar el plazo de seis meses del impuesto. La llevamos de principio a fin, incluida la inscripción en el Registro.

Qué incluye

  • Obtención de certificados de defunción y últimas voluntades
  • Cálculo y presentación del impuesto de sucesiones
  • Escritura de aceptación e inscripción en el Registro

Qué vas a necesitar

  • Certificado de defunción, apostillado si es extranjero
  • Testamento o declaración de herederos
  • Documentación de los bienes situados en España
  • NIE y pasaporte de cada heredero

Revisamos tu caso antes de presentar nada. Si falta algo, te lo decimos y buscamos la alternativa.

Antes de contratar

Cada expediente es distinto. Si al revisar tu caso vemos que este no es el trámite que te corresponde, te lo decimos y te devolvemos el importe íntegro.

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